“El nuevo gobierno ha continuado majaderamente y en forma por demás silenciosa, despidiendo a funcionarios de la administración pública. El argumento es la tan falsa calificación de “operadores políticos”; al parecer la ignorancia de los “nuevos funcionarios” es tal que, ni siquiera conocen el significado de sus propias expresiones. Para instruirlos un poco va a continuación el siguiente comunicado”


¿ Operador Político sinónimo de Funcionario Público  ?…That is the question….

Cuando en “Chilito” se escucha la radio, se lee el diario y por sobre todo, se mira y escucha la televisión, aparecen estas palabras en forma reiterada y casi majadera; algunos las defienden, otros las cuestionan y casi la mayoría cree que son sinónimos, pero el “chilenito medio” entenderá de que se está hablando o a quien se refieren con estas lascivas palabras……bueno, para ello ha llegado el profesor Jirafales, quien tratará de ilustrar a nuestros demócratas compatriotas.

Primero, según la real academia española, el operador político no está definido y por lo tanto como concepto, no existe. En consecuencia, la respuesta se debe buscar en nuestra patológica y bipolar idiosincrasia , y que dice: “se entiende por operador político a aquel personaje que hizo algún favor o trabajó en alguna campaña de un “señor político” y que después de que éste gana la elección, lo retribuye con algún cargo en la administración pública”. El truco está  en que este siniestro personaje, no está en el cargo por su capacidad intelectual y emocional, entiéndase meritocracia, o porque se saque la cresta trabajando por sobre la media, sino que sólo está en su trabajo el día que le pagan el sueldo. El concepto y su “definición”, concuerda con la entregada por Sebastián Piñera a radio cooperativa en noviembre de 2017, cuando aún era candidato; ahí explica, a su juicio, como se puede identificar al operador político dentro de la administración pública: “la forma de reconocer al operador político es muy fácil: usted va a su escritorio y no está, pero llega a fin de mes a cobrar el sueldo“.


Segundo, según la real academia española, el concepto de funcionario público, si existe y lo define como: “persona que desempeña profesionalmente un empleo público”. Más aún, si buscamos otros antecedentes bibliográficos, la ley 18.834, más conocida en Chile como estatuto administrativo señala en su artículo primero lo siguiente: “Las relaciones entre el Estado y el personal de los Ministerios, Intendencias, Gobernaciones y de los servicios públicos centralizados y descentralizados creados para el cumplimiento de la función administrativa, se regularán por las normas del presente Estatuto Administrativo”, e indica en su artículo segundo que: “empleado público o funcionario público es la persona que desempeña un empleo público en algún servicio fiscal o semifiscal y que por lo tanto, se remunera con cargo al presupuesto general de la nación o del respectivo servicio”.


En consecuencia, para hacer un análisis comparativo entre un operador político y un funcionario público, y demostrar en forma clara y fehaciente que ambos conceptos no son sinónimo, pero que tienden a ser comprendidos erróneamente como tal por la “mass media chilensis”, se hará una breve descripción de ambos. Sin embargo, debo señalar que esta errónea comprensión es coayudada por políticos e individuos mala leche que desvirtúan y trasgreden la lógica, ética, moral y/o cualquier otro concepto que se le parezca, con el único fin de conseguir sus mezquinos propósitos, so pretexto de su irrestricto “amor a la patria y al fortalecimiento de la democracia”. Vamos entonces a la descarnada descripción general.

 Operador Político. Los catedráticos chilensis señalan, que el operador político es siempre el operador de alguien, normalmente de un senador, diputado o alcalde. No es un embajador del infierno, un angelito de la guarda o un extraterrestre que se acaba de materializar. Son el lado oscuro de las personalidades políticas, que vemos y escuchamos a diario en radio y televisión. Todos han escuchado el concepto y que se refiere a una función desarrollada por personajes a los que nadie conoce, pero esos “nadie” somos todos los que no funcionamos activamente en la política partidista.


La mayoría de los “chilenitos”, considera maleantes a los operadores políticos; “ese tipo más que currículo, tiene prontuario”, se escucha por ahí. Sin embargo, cualquiera que esté habituado a la vida política, podrá recordar varias circunstancias en que se habrá topado, en la sede de un partido, con cierto personaje que transita con aire de estar plenamente consciente de su inusitada importancia y que es tratado con mucha deferencia por quienes lo rodean, y como no lo conoce, pregunta y quien es, y seguro se le responderá en forma silenciosa y con cierta admiración: “es un operador importante”, o simplemente, “es el operador de…..”.


Hablamos de personajes desprestigiados e impresentables, o son prestigiosos e influyentes. Para responder esto, hay que fijarse en un fenómeno que siempre está a la vista de todos, incluso de aquellos que se hacen los “locos”, de gobierno o de oposición. Es cosa de detenerse a observar a algunos de los principales dirigentes políticos. Por la forma en que algunos se desplazan, uno duda de estar en una democracia. El caso es que se mueven con la dignidad de nobles, cubiertos con una invisible capa de armiño. Tras ellos, a prudente distancia, pero sin perderlos de vista, se desplazan unos personajes de movimientos presurosos, siempre con un maletín o una carpeta, la mirada fija en su líder, siempre atentos a detectar quiénes se acercan, incluyendo los posibles rivales. Ese es un operador, pero en estado larvario. Para decirlo todo de una vez, aun sabiendo que esto hará sonrojar a más de alguien: algunos conspicuos representantes de la nobleza política criolla partieron sus carreras literalmente corriendo con maletines que no les pertenecían tras un político consagrado.


Jorge Schaulsohn dijo tiempo atrás: “No se puede poner a cualquier picante” en la función pública. Pero, siendo estrictos, no es efectivo que llegue “cualquiera”, porque llega el “picante” de alguien. Ese es el problema. Un operador es un ejecutor, pero quien promociona, quien antes decidió hacer algo, no es él. El operador hace lo que está entre lo que aprende y lo que le fue enseñado. Puede llegar tan lejos como lo formen o deformen. Hay que ver a su maestro. Los operadores son expertos en el uso eficiente del poder partidario con la finalidad de generar más poder partidario donde estén. Si alguien aprendió sólo eso, es porque sólo eso le enseñaron. Si a alguien se le olvidó enseñarle ética, es ése quien está en deuda. Si no se tiene el hambre por aprender y superarse cada día, y lo que le queda es el hambre a secas, la mediocre es su organización partidaria. Si no sabe vivir fuera de la política, tampoco sirve para la política: alguien lo transformó en parásito y quien así procedió es peor que un parásito. Los operadores son como chóferes, ajedrecistas, dentistas o bailarines de ballet: hay buenos y malos. De lo que hay que preocuparse es de sanear el lugar donde nacen, se forman y viven.


Sin embargo, de existir un personaje con esa característica, se podría homologar o transformar en sinónimo de cara de raja, hablando en buen chileno. Y, de que en Chilito los hay, los hay. A continuación, algunos botoncitos de muestra, y que han sido y son, por décadas, honorables y probos funcionarios públicos, pero que vuelan en las altas esferas del poder y pudieren caer en cierta lógica del operador político…….cada quien puede sacar sus propias conclusiones: Dávalos, Moreira, Wagner, Errázuriz, Von Baer, Longueira, Zaldivar, Abbott, Girardi, Sabat, caso penta, corfo-inverlink, Cema Chile, sobresueldos, Asenjo, Tombolini, Rebolledo, inclusive cito al guatón Romo…… uf, me cansé, incluso una lágrima rodó por mi triste mejilla.


Funcionario Público. Cuando nos referimos a un funcionario público, se debe analizar desde una perspectiva de los derechos, obligaciones y deberes que estos tienen respecto a la función que desempeñan en beneficio del país.

Con relación a los derechos, estos se pueden agrupar en: (i) derechos derivados de la carrera funcionaria, por ejemplo, la estabilidad en el empleo, el derecho al ascenso, o a la permuta del cargo; (ii) derechos de naturaleza social o de la familia, como por ejemplo, los feriados, los permisos administrativos, las licencias médicas, o el último mes de remuneraciones del funcionario para su cónyuge, hijos o padres, en ese orden, en caso de fallecimiento; (iii) derechos de naturaleza económica, por ejemplo, el derecho a las remuneraciones, a las asignaciones y bonificaciones legales; (iv) derechos de seguridad social, por ejemplo, asignaciones familiares y maternales, permiso prenatal, post natal y post-parental, acceso a seguro y subsidio por la ley de accidentes del trabajo, declaración de irrecuperabilidad; y (v) derechos gremiales, por ejemplo, el derecho a constituir asociaciones gremiales, o la afiliación a servicios de bienestar.

Pero también al funcionario público le son establecidas obligaciones, las que se agrupan principalmente en: (i) obligaciones de hacer, contenidas en el artículo 61 del estatuto administrativo, también llamados “deberes positivos”, como por ejemplo: “ejercer personalmente el cargo de manera regular y continua”; y (ii) obligaciones de no hacer, contenidas en los artículos 84, 85, y 86 del mismo estatuto, denominadas también “prohibiciones” e “incompatibilidades”.

Así mismo, los principales deberes que tiene un funcionario público dicen relación con la servicialidad del cargo, la eficiencia y la probidad, este último es un principio de carácter constitucional, contenido en el artículo octavo, inciso primero de nuestra Constitución Política y regulado especialmente en el Título tercero de la Ley 18.575 sobre bases generales de la administración del estado, a partir de su artículo 52 en adelante.

Es esta misma norma la que en su artículo 62 contiene un catálogo de diez conductas que contravienen la probidad funcionaria destacándose que cuando alguna de estas contravenciones “es grave” puede acarrear la destitución del funcionario, previo procedimiento de sumario administrativo. Estas conductas son: (i) usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviere acceso en razón de la función pública que se desempeña; (ii) hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un beneficio directo o indirecto para sí o para un tercero; (iii) emplear, bajo cualquier forma, dinero o bienes de la institución, en provecho propio o de terceros; (iv) ejecutar actividades, ocupar tiempo de la jornada de trabajo o utilizar personal o recursos del organismo en beneficio propio o para fines ajenos a los institucionales; (v) solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo o función, para sí o para terceros, donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza. Exceptúanse de esta prohibición los donativos oficiales y protocolares, y aquellos que autoriza la costumbre como manifestaciones de cortesía y buena educación; (vi) intervenir, en razón de las funciones, en asuntos en que se tenga interés personal o en que lo tengan el cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive; (vii) participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad; (viii) omitir o eludir la propuesta pública en los casos que la ley la disponga; (ix) contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad que rigen el desempeño de los cargos públicos, con grave entorpecimiento del servicio; y (x) efectuar denuncias de irregularidades o de faltas al principio de probidad de las que haya afirmado tener conocimiento, sin fundamento y respecto de las cuales se constatare su falsedad o el ánimo deliberado de perjudicar al denunciado.


Para finalizar este análisis comparativo, y entrando de lleno en la casuística, puedo señalar que fui funcionario público durante 20 años, hasta ser exonerado en el primer gobierno del señor Piñera (2010-2014) por la causal que me indicó uno de sus esbirros: “el director nacional me solicitó comunicarle que sus servicios ya no son necesarios”. Y honestamente, debo reconocer, que hasta ese entonces y hasta ahora, nunca he conocido a un operador político en el área chica, o sea, a nivel de “perraje”.


A modo de conclusión, y respondiendo el cuestionamiento inicial de este artículo, sería absurdo asimilar, homologar o transformar en sinónimo de operador político a un funcionario público del área chica, más conocido como perraje o carne de cañón. Sin embargo, y con el peligro de caer mal a alguien, no me atrevería a decir lo mismo respecto de los señores y señoras mencionadas en los párrafos precedentes.


Y lo grito a los cuatro vientos, señoras y señores, operador político NO es sinónimo de funcionario público……